Plan de pagos de ARCA: las pymes podrán regularizar deudas hasta junio de 2027
La Resolución General 5924/2026 extiende la fecha de corte y el plazo de adhesión del régimen especial de facilidades para MiPymes, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero amplió el régimen especial de facilidades de pago dirigido a micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y determinadas entidades sin fines de lucro. La medida se publicó en el Boletín Oficial mediante la Resolución General 5924/2026 y modifica dos fechas clave del esquema original: hasta qué vencimiento se pueden incluir deudas y hasta cuándo se puede adherir.
Qué cambia respecto del régimen original
El punto central de la norma es el corrimiento de la fecha de corte. El plan original alcanzaba a las obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2026, y ahora ese límite pasa al 31 de octubre de 2026. Además, el período para sumarse al régimen se extiende: en lugar de cerrar el 30 de diciembre de 2026, los contribuyentes podrán adherir hasta el 30 de junio de 2027.
Quedan comprendidas las Micro y Pequeñas Empresas, las Medianas Empresas de los tramos 1 y 2, los pequeños contribuyentes y ciertas entidades sin fines de lucro. El beneficio abarca deudas impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social, junto con las multas aplicadas hasta el 31 de octubre de 2026.
Condiciones de financiación y fechas operativas
- Micro y pequeñas empresas y pequeños contribuyentes: hasta 18 cuotas mensuales para obligaciones generales.
- Medianas empresas de los tramos 1 y 2: tope de 15 cuotas.
- Carga de nuevas deudas en «Mis Facilidades»: habilitada desde el 16 de noviembre de 2026, bajo la opción «Régimen Especial de Facilidades de Pago, Obligaciones vencidas al 31/10/2026».
- Hasta esa fecha, el sistema no admite obligaciones con vencimiento posterior al 30 de junio.
Las condiciones de financiación se mantienen en los mismos términos que el esquema original, de modo que el cambio pasa por el universo de deudas alcanzadas y por los plazos de adhesión, no por el número de cuotas. El trámite se realiza en forma online a través del servicio «Mis Facilidades» del organismo recaudador.
Para el contribuyente, el dato relevante es que la resolución ya está vigente, aunque la incorporación de deudas nuevas al sistema recién se habilita en noviembre. Quienes tengan obligaciones vencidas entre el 30 de junio y el 31 de octubre de 2026 deberán esperar esa fecha para cargarlas en el plan.
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