Saltar al contenido
Tierra Roja NoticiasTierra Roja Noticias ⌕ Buscar
Dólar oficial $1.570,00 +0,64%Dólar blue $1.565,00 0,00%Dólar MEP $1.571,10 -0,25%Riesgo país 805 pb +2,29%
MAR, 03 NOV 2026
Economía

Pensiones por invalidez: 4.329 suspendidas y los plazos para volver a cobrar

La Secretaría de Discapacidad dejó sin efecto el pago de esas prestaciones por falta de certificación médica. Los titulares afectados disponen de 60 días corridos para presentar la documentación.

NB
Néstor BrandtEconomía y producción · · lectura 1 min
Pensiones por invalidez: 4.329 suspendidas y los plazos para volver a cobrar

La Secretaría de Discapacidad oficializó la suspensión de 4.329 pensiones por invalidez laboral. Según el organismo, los titulares alcanzados no presentaron la documentación necesaria para acreditar la continuidad de su situación de discapacidad. La medida se formalizó mediante la Resolución 3702/2026.

El requisito central para mantener o recuperar el beneficio es contar con un Certificado Médico Oficial (CMO) que acredite una discapacidad del 66% o más. Sin ese respaldo, la prestación no puede continuar.

Plazos para cada situación

Los beneficiarios suspendidos tienen 60 días corridos para presentar la documentación faltante. Si no la presentan dentro de ese período, la prestación no podrá ser rehabilitada. En paralelo, otros 7.008 beneficiarios recibieron una intimación para ampliar la documentación médica que respalda su incapacidad laboral, con un plazo de 30 días hábiles.

Canales para presentar la documentación

  • Oficinas de atención de ANSES.
  • Dependencias habilitadas de la Secretaría Nacional de Discapacidad.
  • Formulario de consultas del Ministerio de Salud, disponible en argentina.gob.ar.
  • Plataforma Trámites a Distancia (TAD), con el trámite "Presentación de Documentación para Pensión Invalidez".

Una vez recibida, la documentación se incorpora al expediente administrativo del titular. Los equipos técnicos analizan ese expediente para determinar si corresponde rehabilitar el pago.

El antecedente de la medida es un fallo judicial que había restablecido el cobro de estas pensiones. La Cámara Federal de Tucumán revocó esa sentencia de primera instancia en febrero de 2026, lo que habilitó la suspensión de los beneficios comprendidos en esa causa. Para quienes dependen de esta prestación como parte de sus ingresos mensuales, el plazo empieza a correr desde la notificación individual.

NB
Néstor BrandtEconomía y producción

Comentarios

0

Todavía no hay comentarios. Sé el primero.

Seguí leyendo

Viajar en el tiempo