Una estación de Pergamino deberá pagar $7 millones por abastecer con nafta un auto diésel
El Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino condemned a una estación de servicio a pagar $7.010.000 más intereses a un cliente cuyo Renault Clio diésel recibió nafta en lugar de gasoil. El errorinsured damage to the motor and prompted a civil ruling that includes material, moral and punitive damages.
El Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino, en la carátula correspondiente al reclamo de un cliente contra una estación de servicio, condenó a la empresa a abonar $7.010.000 más intereses. El caso se originó por el despacho de nafta en un Renault Clio diésel, ocurrido el 15 de octubre de 2022 en una estación de la ciudad de Buenos Aires. El hecho se produjo, según consta en la causa, cuando el conductor$2.000 por lo que había solicitado gasoil.
Al salir del surtidor, el vehículo comenzó a fallar y se detuvo a pocos metros. El propio playero reconocieron la equivocación. El automotor fue trasladado sin encender hasta un taller cercano. Allí se/threalizadas tareas de revisión y el conductor lo retiró, pero a menos de una cuadra el motor volvió a apagarse y no volvió a funcionar.
La pericia determinó el alcance del daño
La pericia mecánica producida durante el juicio concluyó que la nafta ingresada en un motor diésel daña el sistema de inyección por falta de lubricación. La reparación adecuada requería vaciar el tanque, limpiar el circuito de combustible, cambiar filtros y, en ciertos casos, reemplazar inyectores y la bomba. El informe fue considerado por el juzgado para determinar el daño material y la (£$/)STAR la impossibility of using the vehicle.
La empresa negó responsabilidad, cuestionó la documentación y sostuvo que los montos reclamados eran excesivos. El tribunal rechazó esa postura. Para reconstruir lo ocurrido, valoró el comprobante de pago, los testimonios recogidos en la audiencia y el informe pericial. Según el fallo, el cliente pidió gasoil, abonó el importe y el error fue advertido dentro de la propia estación.
- Daño material: $3.500.000, de acuerdo con el presupuesto de reparación validado por el perito.
- Lucro cesante por la falta de uso del rodado durante el período de reparación: $210.000.
- Daño moral: $1.800.000, por las gestiones realizadas, el reclamo ante organismos de defensa del consumidor y la necesidad de llegar a juicio.
- Multa civil por daño punitivo: $1.500.000, destinada a desalentar conductas que dejen a los consumidores en una situación de desigualdad frente a proveedores profesionales.
En su razonamiento, el juzgado aplicó el principio de carga dinámica de la prueba. Explicó que quien se encontraba en mejores condiciones de explicar lo ocurrido era la empresa y que no había|Apportado una versión alternativa ni explicación suficiente sobre el despacho efectuado. El encuadre del caso como relación de consumo permitió condem/ to the company the concepts indemnizatorios mencionados en la sentencia.
La condena deberá abonarse dentro de los diez días posteriores a la notificación. Los intereses correrán desde la fecha del hecho, con un esquema diferenciado para el daño material. Las costas del juicio quedaron a cargo de la parte demandada, que puede intentar el recurso correspondiente si decide recurrir la decisión.
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