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LUN, 02 NOV 2026
Economía

Dólares fuera del sistema: el umbral de 100 millones de pesos define un trámite más liviano para depositarlos

Una resolución de la Unidad de Información Financiera fija cómo deben proceder bancos, billeteras, sociedades de bolsa y escribanos con los ahorros en divisas que se adhieren al régimen simplificado.

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Néstor BrandtEconomía y producción · · lectura 2 min
Dólares fuera del sistema: el umbral de 100 millones de pesos define un trámite más liviano para depositarlos

Vamos a los números, porque el punto central de la medida es un monto preciso. El Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias permite que quienes tengan dólares guardados fuera del sistema bancario los ingresen con trámites reducidos, siempre que se adhieran al régimen. El tope anual es de 100 millones de pesos, equivalentes a unos 64.000 dólares al tipo de cambio oficial, según el propio material.

Qué cambia por debajo del umbral

La resolución de la Unidad de Información Financiera establece que, mientras el monto acumulado en el año calendario no supere ese límite, la entidad no puede exigir que se documenten todas las compras de divisas realizadas a lo largo del tiempo. Tampoco puede tratar el depósito en efectivo como una señal de riesgo por sí solo. Diego Fraga, abogado tributarista, explicó que una persona que quiera ingresar ahorros por 80 millones de pesos, sin otras operaciones computables en el año, no debería reunir los comprobantes de cada compra de divisas.

  • Se mantiene la obligación de identificarse ante la entidad.
  • Se debe demostrar la adhesión al régimen simplificado.
  • No se reconstruye el historial cambiario de años anteriores.

Por encima del tope y las excepciones

Cuando el monto supera los 100 millones de pesos, la evaluación se vuelve más amplia. La entidad debe analizar el perfil del cliente, su actividad económica y la razonabilidad de la operación. Aun en ese caso, la adhesión al régimen computa como antecedente favorable y no puede ignorarse mediante políticas internas genéricas. Quedan excluidas del beneficio las personas con exposición política, los grandes contribuyentes nacionales y quienes presenten indicios objetivos de operaciones estructuradas para mantenerse artificialmente por debajo del tope anual.

La norma también contempla una protección para las entidades. Si aplican correctamente los criterios simplificados, ese proceder se considerará cumplimiento de sus obligaciones, aun cuando luego se determine que el cliente no reunía las condiciones. La excepción rige cuando la entidad conocía o debía conocer la situación irregular.

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Néstor BrandtEconomía y producción

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