Gas: el nuevo mapa de Zona Fría reduce la cobertura y establece un descuento adicional
La bonificación automática del 50% alcanza a usuarios de las regiones incluidas en el régimen. Quienes quedaron fuera del esquema general pueden acceder a una rebaja del 20% si cumplen requisitos geográficos y socioeconómicos.
Vamos a los números: el régimen de Zona Fría establece una bonificación automática del 50% en la tarifa de gas para las regiones comprendidas en su mapa y una reducción adicional del 20% para determinados usuarios que quedaron fuera de esa cobertura y están inscriptos en el sistema de subsidios focalizados.
La Secretaría de Energía precisó los alcances del esquema mediante la Resolución 299/2026. La medida comprende el gas natural y el gas propano indiluido por redes y alcanza, en las zonas incorporadas, tanto a usuarios residenciales como al Servicio General P.
Las distribuidoras y subdistribuidoras deben aplicar la bonificación general directamente en las facturas, sin que los usuarios deban solicitarla, de acuerdo con las instrucciones del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad. La resolución cubre los consumos desde el 13 de octubre, fecha de entrada en vigor de la ley que creó el régimen.
Quiénes quedaron fuera y cómo funciona la rebaja adicional
La cobertura es menor que la del esquema anterior: alrededor de 1,6 millones de hogares que habían sido incorporados al mapa ampliado en 2021 dejaron de recibir la bonificación automática por ubicación geográfica. Entre ellos se encuentran usuarios de Mar del Plata, Bahía Blanca, Tandil, Olavarría y Pergamino.
Para los hogares excluidos del descuento general, la resolución prevé una bonificación adicional del 20% sobre el Precio Anual Uniforme del gas, aplicada a los Consumos Base. Esa reducción complementa el subsidio que ya reciben los usuarios alcanzados por el sistema de Subsidios Energéticos Focalizados, pero no lo reemplaza.
- Estar inscripto en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados.
- Pertenecer a las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI, según la norma IRAM 11.603/12.
- No estar incluido en el esquema general de bonificación del 50%.
- Tener ingresos familiares de hasta tres Canastas Básicas Totales y cumplir los demás criterios socioeconómicos previstos en la ley.
Los cuatro requisitos deben cumplirse al mismo tiempo. La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética identificará a los beneficiarios mediante el cruce de los datos geográficos con el registro de subsidios. El padrón resultante quedará a disposición del ente regulador, que notificará a las distribuidoras.
Néstor Brandt, Economía y producción.
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