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VIE, 16 OCT 2026
Vida

Un hombre, un galpón de frutas y una cooperativa que no quiso moverlo de puesto: la Justicia de Neuquén puso los puntos sobre las cajas

Tras más de una década embalando peras y manzanas, un operario se lesionó el hombro y la firma dijo no tener tareas livianas. La Cámara de Apelaciones confirmó que esa negativa no se prueba sola: la condena ronda los 676.751 pesos, pero el debate sigue abierto.

BS
Belén SosaAmbiente y comunidades · · lectura 5 min
Un hombre, un galpón de frutas y una cooperativa que no quiso moverlo de puesto: la Justicia de Neuquén puso los puntos sobre las cajas

El galpón de empaque donde este hombre pasó más de diez años armando y cargando cajas con fruta quedó como una postal detenida en el tiempo: las mismas líneas de embaladores, las mismas cintas, el mismo recorrido del conocido como "el aéreo", el sector donde las cajas cuelgan para recién allí recibir las etiquetas y el fajado con engrudo. Lo que cambió, en abril de 2022, fue el hombro derecho del operario, que dejó de responder para los esfuerzos de siempre. Y lo que cambió después, mucho peor para la cooperativa, fue la lectura que hizo la Justicia neuquina de lo que la empresa respondió cuando el trabajador quiso volver.

El caso, que terminó de cerrarse este año con un fallo de la Cámara de Apelaciones de Neuquén, vuelve a poner sobre la mesa un tema sensible en la fruticultura del Alto Valle: qué pasa con un operario lesionado cuando la ART le da el alta con restricciones pero la patronal asegura, a través de una carta documento, que no tiene un puesto liviano donde reubicarlo. En este expediente, el juez Luis Trani, titular del Juzgado Laboral N° 3 de Neuquén, consideró que esa afirmación no alcanza: hay que demostrarla, y la Cooperativa de Trabajo Nuevo Amanecer -que así se llama la demandada- no aportó ni una sola constancia de haber buscado efectivamente un destino alternativo.

Una lesión, un alta con condiciones y un telegrama que abrió el conflicto

El trabajador había ingresado a la cooperativa en enero de 2011 como embalador de primera categoría, una de las posiciones más exigentes dentro del circuito de empaque de fruta en la región. En agosto de 2021, mientras cumplía sus tareas habituales, sufrió una lesión en el hombro derecho que lo obligó a iniciar un tratamiento prolongado. La ART se hizo cargo del caso durante ocho meses y, en abril de 2022, le extendió el alta médica con un condicionante claro: podía reincorporarse, pero únicamente en un puesto que no implicara levantar peso. Levantar cajas de peras o manzanas quedaba directamente fuera de su alcance.

Con ese documento bajo el brazo, el operario envió un telegrama a la empresa pidiendo su reincorporación. La firma respondió por carta documento reconociendo la restricción pero argumentando que no existían, en ese momento, puestos disponibles compatibles con esa limitación. El trabajador insistió por escrito y, según consta en el expediente, llegó a detallar en qué sectores del galpón podía desempeñarse sin riesgo. La respuesta de la cooperativa fue, otra vez, la misma.

Lo que se ve en el galpón, lo que dice la ley y lo que no dijo la cooperativa

Frente a ese cuadro, el operario se consideró despedido en forma indirecta, una figura contemplada en la legislación laboral que habilita al trabajador a cortar el vínculo cuando entiende que la patronal no le dejó otra salida más que esa. Lo que vino después fue un juicio oral en el que declararon seis compañeros de trabajo, todos con años de antigüedad en la firma, que describieron con bastante precisión tareas concretas que no requerían esfuerzo de carga: el sellado de etiquetas, el fichado de cajas con engrudo y el colgado en el sector conocido como "el aéreo".

Varios de esos testigos coincidieron en que, cuando algún compañero se lastimaba o quedaba con limitaciones físicas, la propia cooperativa solía reubicarlo en esas funciones livianas. Uno de ellos señaló, incluso, que al menos cuatro embaladores habían sido trasladados a otros sectores en situaciones similares a lo largo de los últimos años. El juez Trani valoró esos testimonios como "coherentes, ordenados y concordantes", un término clave en el lenguaje judicial: descartó que fueran relatos armados a pedido del trabajador y los tomó como un reflejo bastante fiel de cómo funcionaba, en los hechos, la organización del trabajo dentro del galpón.

“Cuando una empresa alega que no tiene puesto disponible para alguien con limitaciones de salud, es ella la que debe probarlo. La cooperativa no lo hizo.”Juez Luis Trani, Juzgado Laboral N° 3 de Neuquén

Una indemnización baja, un principio alto y preguntas que quedan picando

El fallo de primera instancia condenó a la cooperativa a pagar 676.751 pesos más intereses calculados desde 2022, una cifra que quedó muy por debajo de los más de 4 millones que había reclamado el trabajador, según publicó el portal de noticias Río Negro en su cobertura del caso. La Cámara de Apelaciones confirmó lo resuelto respecto de la existencia del despido, aunque modificó los montos y abrió la puerta a que las partes vuelvan a discutir los rubros indemnizatorios. Lo que ya quedó firme, en cambio, es el principio: en la fruticultura neuquina, decir que no hay un puesto liviano para un operario lesionado no es lo mismo que demostrarlo.

  • El operario llevaba más de una década en la cooperativa como embalador de primera categoría, sin sanciones registradas.
  • La ART le otorgó el alta con restricción para levantar peso y él pidió reincorporarse en dos oportunidades por escrito.
  • Seis compañeros declararon que existían tareas livianas, como sellar etiquetas o colgar cajas en "el aéreo", donde la firma ya había reubicado a otros lesionados.
  • La condena de primera instancia fue de 676.751 pesos más intereses, muy por debajo de los más de 4 millones que pretendía el trabajador.
  • La Cámara de Apelaciones confirmó la existencia del despido indirecto pero revisó los montos, por lo que la discusión económica sigue abierta.

En el fondo del expediente queda flotando una pregunta que excede al caso puntual y que toca de lleno a la temporada de fruta en el Alto Valle: si esta misma cooperativa tenía -según sus propios empleados- tareas livianas para reubicar a los lesionados, qué fue lo que realmente le impidió ofrecerle una a este embalador después de más de diez años de relación laboral. La Justicia ya respondió que la carga de la prueba la tenía la empresa. Lo que todavía no se sabe es hasta dónde está dispuesta a llegar la firma para reconstruir, con papeles y no solo con palabras, lo que durante años fue una práctica habitual dentro del galpón.

BS
Belén SosaAmbiente y comunidades

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