Un proyecto en el Congreso dejaría de eximir de Ganancias a los CEDEARs
La iniciativa aplicaría una alícuota del 15% a los certificados comprados desde el 31 de octubre de 2026, sin efectos sobre las carteras ya armadas.
Un proyecto de ley que se encuentra en tratamiento parlamentario propone quitar a los CEDEARs la exención de Ganancias de la que hoy gozan. Los certificados que replican activos extranjeros quedarían alcanzados por el impuesto, con una alícuota del 15%, aunque solo para las compras realizadas a partir del 31 de octubre de 2026.
Qué son los CEDEARs
Los CEDEARs se negocian en el mercado local argentino, pero representan inversiones en acciones, bonos u otros activos que cotizan en el exterior. Su precio se mueve con la cotización del activo subyacente en su mercado de origen y con el valor del dólar financiero. Por esa combinación, ganaron popularidad entre ahorristas e inversores que buscan dolarizar su patrimonio sin salir del sistema financiero local.
El cambio que plantea el proyecto
Hasta ahora, estos certificados están amparados por la misma exención que rige para los valores negociables argentinos. La propuesta modifica ese esquema mediante el criterio de transparencia fiscal, conocido como look-through: si el activo que respalda el certificado estuviera gravado en una compra directa, el CEDEAR que lo representa recibiría el mismo tratamiento. Los puntos centrales del proyecto son los siguientes:
- Alícuota del 15% del impuesto a las Ganancias, según lo informado por Sebastián Domínguez, titular de SDC Asesores Tributarios.
- Aplicación solo a los CEDEARs adquiridos a partir del 31 de octubre de 2026, fecha que el proyecto fija como corte.
- Criterio de transparencia fiscal (look-through), que equipara el tratamiento del certificado con el del activo subyacente.
- Ningún efecto retroactivo sobre las posiciones que ya existen en cartera.
La diferencia que se busca eliminar es concreta. Hoy, quien compra directamente una acción extranjera paga Ganancias, mientras que quien accede al mismo activo mediante un CEDEAR puede quedar exento. Con la nueva regla, ambas vías tendrían el mismo costo impositivo.
Qué ocurre con las carteras vigentes
Para el inversor minorista, el impacto dependerá del rendimiento que obtenga y del momento en que haya comprado cada posición. Según la propuesta vigente, las carteras armadas antes del 31 de octubre de 2026 no cambiarían de situación. Por ahora, el régimen de exención sigue en pleno vigor, dado que el proyecto todavía debe ser aprobado por ambas cámaras del Congreso para convertirse en ley.
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