Entró en vigencia la ley que habilita condenas penales para adolescentes de 14 años en el país
La norma 27.801 fija un tope de 15 años de prisión, con libertad condicional a los dos tercios. Al menos seis menores acusados de homicidio quedaron fuera del régimen por hechos previos.
La ley 27.801, que redujo la edad de imputabilidad penal de 16 a 14 años en Argentina, entró en vigencia este sábado tras cumplirse los 180 días desde su publicación en el Boletín Oficial. El nuevo régimen penal juvenil contempla penas de hasta 15 años de privación de libertad para los delitos más graves, según consta en el texto sancionado por el Congreso.
La medida fue impulsada por el Gobierno nacional y aprobada tras un debate que atravesó todo el arco político. Sus defensores sostienen que la norma apunta a sancionar los hechos más graves, mientras que organizaciones de derechos humanos y especialistas en infancia cuestionaron la baja de la edad y advirtieron sobre el riesgo de criminalización temprana.
Escalas de pena y penas alternativas
- Para los delitos más graves, entre ellos el homicidio, la ley prevé tres modalidades: arresto domiciliario, internación en un instituto de régimen abierto o alojamiento en un centro especializado de detención.
- La pena máxima para menores es de 15 años, aunque los dos tercios pueden cumplirse bajo libertad condicional, lo que en la práctica reduce el encierro efectivo a un máximo de diez años.
- En robos agravados con armas de fuego, los jueces pueden reemplazar la prisión por tobilleras electrónicas, prohibición de concurrir a determinados lugares o, en casos extremos, separación del menor de su entorno familiar si se acredita que ese entorno fomenta la actividad delictiva.
- Para aplicar penas alternativas se exige dictamen pericial favorable, conformidad del Ministerio Público Fiscal y haber escuchado a la víctima. Además, el adolescente no debe tener condenas previas ni procesos con auto de procesamiento firme.
De acuerdo con lo informado por fuentes oficiales y según consta en la causa, al menos seis menores acusados de homicidio quedaron fuera del alcance del nuevo régimen por haber cometido los hechos antes de la entrada en vigencia. Entre los casos que no serán alcanzados por la ley figura el asesinato del cabo Cristian Gerez, de 36 años, ocurrido el 20 de julio en Loma Hermosa, provincia de Buenos Aires. Los dos imputados, de 14 y 15 años, permanecen bajo custodia judicial pero no enfrentarán proceso penal ni condena, dado que el hecho se produjo con anterioridad a la vigencia de la normativa.
Bajo el esquema anterior, un menor considerado inimputable podía quedar internado en un instituto solo hasta cumplir los 18 años y sin registro de antecedentes. Con la reforma, los adolescentes de 14 y 15 años que cometan delitos graves quedan alcanzados por un régimen penal específico, con posibilidad de condena y antecedentes una vez cumplida la mayoría de edad.
La aplicación concreta de la ley dependerá ahora de los distintos fueros provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que deberán adaptar sus estructuras para alojar a los menores en los centros especializados previstos en la norma. La próxima instancia estará marcada por los primeros casos que se resuelvan bajo el nuevo régimen y por la respuesta de los juzgados con competencia en la materia.
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