Tierra Roja Noticias  Buscar
Dólar oficial $1.530,00 -0,33%Dólar blue $1.545,00 +0,32%Dólar MEP $1.531,90 -0,21%Riesgo país 494 pb -1,20%
VIE, 04 SEPT 2026
Policiales

La Corte mendocina cerró el caso de los rugbiers franceses y la defensa anuncia querellas

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó el recurso de la querella y confirmó el sobreseimiento de Hugo Auradou y Oscar Jegou, los jugadores de rugby de Francia que habían sido denunciados por abuso sexual tras un partido en esa provincia. El abogado defensor adelantó acciones contra la denunciante y su letrada.

EM
Estela MendietaPoliciales y judiciales · 4 DE SEPT DE 2026 · lectura 3 min

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirmó el sobreseimiento de Hugo Auradou y Oscar Jegou, los dos jugadores de rugby de Francia que habían sido denunciados por abuso sexual en julio de 2024. El máximo tribunal provincial rechazó el recurso de casación que había interpuesto la querella y dejó firme la absolución dictada en las instancias anteriores. Según consta en la causa caratulada por abuso sexual con acceso carnal, el hecho se produjo en la ciudad de Mendoza durante la madrugada del 8 de julio del año pasado, pocas horas después de un encuentro entre los seleccionados de rugby de Francia y Argentina.

De acuerdo con el expediente, los deportistas permanecieron privados de su libertad durante casi un mes, hasta que la Justicia mendocina les concedió la posibilidad de regresar a su país bajo seguimiento judicial. En diciembre de 2024, la jueza de Garantías Elenora Arenas dictó el sobreseimiento. La querella apeló esa decisión y cuestionó la valoración de la prueba y el rol del Ministerio Público Fiscal.

El recorrido judicial hasta la absolución

  • Diciembre de 2024: la jueza de Garantías Elenora Arenas sobreseyó a los imputados.
  • Febrero de 2025: el Tribunal Penal Colegiado N° 1 de la Primera Circunscripción de Mendoza confirmó el sobreseimiento al considerar que la prueba reunida desvirtuaba la hipótesis acusatoria.
  • Meses posteriores: la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, integrada por Dalmiro Garay Cueli, Norma Llatser y José Valerio, rechazó el recurso de casación de la querella y dejó firme la absolución.

El fallo del Tribunal Penal Colegiado N° 1 señaló que la evidencia fílmica, los testimonios recabados, los peritajes médicos y psicológicos y los propios mensajes enviados por la denunciante en las horas y días posteriores a los hechos habían debilitado la versión acusatoria. En esa misma línea, la Suprema Corte indicó que los planteos de la querella no demostraron una valoración arbitraria de la prueba ni identificaron medidas pendientes de producción que pudieran revertir ese cuadro. El máximo tribunal agregó que ninguno de los testigos que tuvieron contacto con la denunciante antes, durante o inmediatamente después de los hechos aportó información que respaldara su relato.

“La mentira no puede ser gratis. La denunciante y su abogada responderán cada una por sus mentiras y mala praxis profesional.”Rafael Cúneo Libarona, abogado defensor de los rugbiers

Tras conocerse la resolución, Rafael Cúneo Libarona, abogado de los deportistas, afirmó que los rugbiers habían recuperado su prestigio y anunció que avanzará con acciones legales contra la denunciante y su representante. La postura del letrado abre una etapa complementaria al proceso penal, orientada a las eventuales consecuencias civiles de una denuncia que, tras atravesar tres instancias judiciales, no logró sostenerse en la prueba objetiva reunida por el Ministerio Público Fiscal.

Con la decisión de la Suprema Corte, el expediente queda cerrado en sede penal y se agotan las vías recursivas ordinarias dentro de la jurisdicción mendocina. La causa se remitirá al juzgado de origen para su archivo definitivo, salvo las derivaciones que puedan impulsarse en el fuero civil o en otras instancias a partir de los anuncios formulados por la defensa.

EM
Estela MendietaPoliciales y judiciales

Comentarios

0

Todavía no hay comentarios. Sé el primero.

Seguí leyendo

Viajar en el tiempo